# Política interna de uso de la inteligencia artificial

**Modelo para el despacho notarial · conforme al artículo 29 del Código Deontológico sobre el uso de la inteligencia artificial por el notario**

Versión 1.0 · septiembre de 2026 · Plantilla facilitada por MYCO LEGALTECH SLP

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## Cómo usar esta plantilla

El artículo 29 del Código Deontológico pide al notario "establecer pautas internas claras sobre el uso de los sistemas de inteligencia artificial autorizados en la notaría" y velar "porque no se realice un uso profesional de cuentas personales, extensiones, aplicaciones o servicios no autorizados que puedan tratar información notarial".

Este documento es un modelo. Sustituya los campos entre corchetes, elimine lo que no aplique y añada lo que su despacho necesite. Una vez aprobado, comuníquelo a todo el personal y consérvelo junto con la documentación de protección de datos del despacho.

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## 1. Objeto y ámbito

Esta política regula el uso de sistemas de inteligencia artificial por el personal de la Notaría de [NOMBRE DEL NOTARIO / NOTARIOS], con sede en [DIRECCIÓN], en cualquier tarea relacionada con la preparación, tramitación, análisis, documentación, comunicación o gestión de actuaciones notariales.

Se aplica al notario, a los empleados y a los colaboradores externos que utilicen sistemas de inteligencia artificial bajo la dirección, responsabilidad o autorización del notario (artículo 1 del Código).

## 2. Sistemas autorizados

Los únicos sistemas de inteligencia artificial autorizados para tratar información del despacho son:

| Sistema | Proveedor | Funciones autorizadas | Referencia de evaluación |
|---|---|---|---|
| MycoLegal (MycoBot, Revisor documental, Descripción registral, resúmenes y extracción de documentos, webs de notaría) | MYCO LEGALTECH SLP | Las descritas en su Declaración de uso responsable de la IA | mycolegal.app/legal/ia-responsable, versión [X.Y], y Anexo de Encargo del Tratamiento §10 |
| [Otro sistema, si lo hay] | [Proveedor] | [Funciones] | [Documento de evaluación y fecha] |

Cualquier sistema no incluido en esta tabla no está autorizado. Su incorporación requiere la evaluación previa del artículo 8 del Código (finalidad, datos tratados, grado de autonomía, efectos sobre las personas y garantías técnicas, jurídicas y contractuales) y la aprobación expresa del notario.

## 3. Usos permitidos

Con los sistemas autorizados se permiten, con carácter auxiliar, los usos del artículo 3 del Código: atención al usuario y toma de datos, gestión de citas y comunicaciones, organización de la información y del conocimiento, clasificación documental, búsqueda de información jurídica, esquemas y resúmenes, asistencia en la redacción de borradores, transcripción y traducción.

## 4. Usos prohibidos

Queda prohibido en todo caso:

1. Introducir información protegida por el secreto de protocolo, datos de clientes u otorgantes o documentos del despacho en asistentes personales, extensiones de navegador, aplicaciones o servicios no incluidos en el apartado 2 (por ejemplo, cuentas personales de ChatGPT, Gemini, Copilot u otros).
2. Delegar en un sistema de inteligencia artificial cualquiera de los juicios reservados al notario por el artículo 16 del Código: capacidad, identidad, suficiencia representativa, control de legalidad, libre formación de la voluntad, consentimiento informado, valoración de vulnerabilidad, asesoramiento imparcial, decisión de autorizar, denegar, suspender o aplazar, y decisiones en materia de prevención del blanqueo de capitales.
3. Incorporar a un documento notarial, comunicación o informe un resultado generado por inteligencia artificial sin que una persona lo haya revisado y contrastado.
4. Utilizar contenidos generados por inteligencia artificial para atender a otorgantes o clientes sin ofrecerles la atención personal del despacho.

## 5. Supervisión y verificación

Todo resultado de un sistema de inteligencia artificial es una propuesta. Antes de utilizarlo profesionalmente:

- Se contrasta con la fuente original (resolución, norma, documento aportado). Las citas doctrinales, jurisprudenciales o normativas se comprueban siempre; no se presume su corrección por su apariencia (artículo 22).
- Se identifica qué parte de la respuesta procede de una fuente verificable y qué parte procede del conocimiento general del modelo.
- Quien utiliza el resultado asume su contenido. La responsabilidad sobre actos, documentos, juicios y decisiones es íntegramente del notario (artículo 5).

En MycoLegal, cada respuesta e informe lleva su identificación (modelo, residencia de los datos, versión de las instrucciones, contexto y fuentes) y las fichas de cada función pueden consultarse desde el centro de ayuda de la aplicación.

## 6. Protección de datos y confidencialidad

- Solo se introducen en los sistemas autorizados los datos estrictamente necesarios para la tarea (artículo 25).
- Los sistemas autorizados deben tratar los datos en la Unión Europea, no reutilizarlos para entrenar modelos y estar cubiertos por un contrato de encargo del tratamiento (artículo 24). Para MycoLegal, estas condiciones constan en el Anexo de Encargo del Tratamiento, §10.
- Los canales de grupo o mensajería no reciben datos personales de personas físicas identificadas.

## 7. Incidencias, errores y sesgos

Quien detecte un resultado erróneo, incompleto, sesgado o inadecuado:

1. No lo utiliza.
2. Lo comunica a [RESPONSABLE INTERNO] y, si procede del sistema, a través del canal de incidencias de la aplicación (en MycoLegal, la bandera junto a cada respuesta o el botón de reportar incidencia).
3. Si el error afecta a un documento ya emitido, lo comunica de inmediato al notario.

## 8. Formación

El notario informa y forma a los empleados y colaboradores sobre los riesgos éticos, jurídicos y de seguridad del uso de inteligencia artificial (artículos 13 y 29). Como mínimo, todo el personal conoce esta política, la Declaración de uso responsable de la IA del proveedor y el capítulo "Uso responsable de la IA" del manual de las aplicaciones.

Registro de formación: [FECHA · PERSONAS · CONTENIDO].

## 9. Cambios en los sistemas

Cuando el proveedor comunique un cambio de modelo, de finalidad, de datos tratados o de condiciones de tratamiento, el notario revisa si la evaluación sigue siendo válida (artículo 32) y actualiza el apartado 2 de esta política. MycoLegal avisa de los cambios de modelo mediante notificación en la plataforma y publica una versión nueva de su Declaración.

## 10. Vigencia y revisión

Esta política entra en vigor el [FECHA] y se revisa al menos una vez al año y siempre que cambien los sistemas autorizados o la normativa aplicable.

Aprobada por: [NOMBRE Y FIRMA DEL NOTARIO] · Fecha: [FECHA]

Comunicada a: [LISTA DE PERSONAS O "todo el personal"] · Fecha: [FECHA]
